Tunuary Chávez y Quetzal Prado
Wirikuta no ha sido salvada por la UNESCO. La minería de antimonio opera en San José de Coronados, mientras que las empresas jitomateras y chileras desmontan cientos de hectáreas para expandir su producción agroindustrial. Estas mismas empresas emplean tecnologías para desviar las nubes y evitar la precipitación pluvial, con el fin de reducir la propagación de plagas. Por su parte, las industrias avícola y porcícola ocupan miles de hectáreas para reproducir millones de gallinas y cerdos. Hoy en día, en esta región sagrada, se utilizan 10 litros de agua para los cerdos por cada litro destinado al consumo humano.
Las zonas más ricas en huellas del venado azul —fundador y deidad del pueblo wixárika—, donde también habita el peyote, están siendo parceladas y vendidas a las mismas empresas chileras y productoras de huevo. Sin embargo, existe una fuerte y legítima resistencia del pueblo campesino de Las Margaritas, que lucha por evitar dicho fraccionamiento.
En Wadley, todo el pueblo se encuentra amenazado por una escritura apócrifa que reconoce la propiedad del territorio a una sola persona, quien ya ha vendido parte de estas tierras a una empresa chilera. Mientras tanto, las compañías mineras mantienen sus planes de extracción de plata en la zona norte de la Sierra de Catorce, y de oro en la zona sur.
Además, las empresas de generación de energía eólica continúan rodeando el territorio sagrado, aquel que vio nacer al sol: la matriz de la vida, la universidad natural que el pueblo wixárika reconoce como el fundamento de su costumbre, su espiritualidad y su identidad.
La reciente inscripción de la ruta Wixárika por los sitios sagrados hasta Wirikuta (Tatehuarí Huajuyé) como “bien en serie” en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO representa, sin duda, un hito simbólico para la lucha histórica del pueblo wixárika en la defensa de sus territorios sagrados. Sin embargo, esta declaratoria debe analizarse con un lente crítico, tanto desde una perspectiva jurídica como desde una lectura política del contexto que rodea al reconocimiento internacional.
La afirmación de que se trata de un logro incuestionable resulta, al menos, apresurada y carente de una reflexión sobre los alcances reales de esta figura, particularmente en lo relativo a su capacidad de protección efectiva frente a intereses extractivos, urbanos, carreteros y agroindustriales que atraviesan, cercan y fragmentan sobre todo el territorio de Wirikuta.
En términos estrictos del derecho internacional, el reconocimiento de la ruta por parte de la UNESCO no constituye un tratado ni genera obligaciones jurídicas nuevas y exigibles para los Estados. Tal como lo establece la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, un tratado debe ser “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional” (Convención de Viena, 1969, art. 2). En cambio, la decisión de inscribir un sitio en la Lista del Patrimonio Mundial es un acto unilateral adoptado por el Comité del Patrimonio Mundial, en el marco de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de 1972. Dicho acto tiene un carácter eminentemente declarativo y administrativo, sin que se derive de él, por sí solo, una estructura jurídica robusta capaz de detener megaproyectos o de garantizar el cumplimiento de los derechos colectivos del pueblo wixárika.
A diferencia del Convenio 169 de la OIT —instrumento internacional vinculante en materia de derechos de los pueblos indígenas— la declaración de la UNESCO no es un acuerdo entre Estados ni un tratado internacional en sentido estricto. Por tanto, no genera obligaciones internacionales directas que sean exigibles ante tribunales o instancias de control jurídico (UNESCO, 1972). A pesar de ello, no se debe subestimar el valor de esta figura: la declaración sí produce efectos políticos y simbólicos relevantes, especialmente en contextos donde los pueblos indígenas han sido sistemáticamente invisibilizados y despojados de sus territorios ancestrales.
En otras palabras, aunque limitada en su fuerza jurídica, la inscripción puede —y debe— utilizarse como herramienta estratégica para posicionar la narrativa indígena en foros públicos, medios de comunicación, espacios académicos e incluso ante autoridades gubernamentales y organismos internacionales. Esto resulta particularmente valioso en un contexto donde el pueblo wixárika ha enfrentado décadas de omisiones estatales, procesos de despojo territorial y falta de mecanismos efectivos de consulta previa, libre e informada.
Uno de los aspectos más críticos de la declaratoria radica en su operatividad. Es ilusorio suponer que un programa de manejo pueda garantizar la protección efectiva de una serie de puntos aislados, rodeados por ciudades, concesiones mineras, monocultivos, vialidades federales y megaproyectos agroindustriales. La noción misma de “bien en serie” —que agrupa sitios desconectados entre sí pero que comparten un valor cultural o natural— resulta problemática cuando se aplica a un sistema territorial indígena que se basa en la integralidad y la interconexión espiritual de los sitios sagrados.
Pese a sus limitaciones, el reconocimiento de la ruta por los sitios sagrados hasta Wirikuta como Patrimonio Mundial puede ser un punto de inflexión en la defensa del territorio sagrado. Aunque jurídicamente débil, la declaratoria tiene el potencial de fortalecer estrategias de protección legal si se articula con otros instrumentos normativos, como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), la Declaración Americana (2016), el artículo 2º constitucional mexicano y leyes estatales como la Ley de Derechos Indígenas de San Luis Potosí, que reconoce derechos de participación y consulta incluso a pueblos que no residen en el estado.
Sin dejar de mencionar que en tanto no se cancelen todas las concesiones mineras, se cierren las agroindustrias que están poniendo en riesgo un equilibrio ecosistémico milenario y exista la determinación total y absoluta de proteger Wirikuta, no deja de cobrar relevancia el Plan Integrado de Gestión, Conservación y Salvaguarda 2024 – 2030 que fue acompañado a la propuesta de nominación presentada por la representación del Estado Mexicano ante la UNESCO, en el cual se establecen “acciones necesarias con base en el estado actual de conservación y el marco legal de protección vigente”, en dicho plan se listan programas y proyectos que el propio estado mexicano identificó como necesarios para asegurar la conservación de los sitios comprendidos en la ruta y que deberá implementar, de buena fe; como consecuencia de la inscripción, entre los cuales se destacan el proyecto de Estudio de Impacto Patrimonial para el sector minero, donde se pretende realizar un análisis de los posibles impactos positivos y negativos en los sitios (comprendidos en la ruta), su Valor Universal Excepcional y sus atributos debido a la actividad minera.
En este estudio, se identificarán acciones y procesos para mitigar los impactos negativos. Así como el Proyecto de Estudio de Impacto Patrimonial para el sector Agrícola, donde se identificarán acciones y procesos para mitigar impactos negativos, y por último, el Proyecto de Estudio de Impacto Patrimonial por extracción de agua, donde se estudiarán los posibles impactos positivos y negativos relacionados con el aprovechamiento de cuerpos de agua y manantiales. En realidad, son temas deporsí abarcado en el maco jurídico ambiental de México.
Tres temas que resultan fundamentales para la conservación de Wirikuta y que no deben ser tomados a la ligera, más allá de la inscripción para el reconocimiento internacional, el verdadero compromiso del Estado mexicano con el pueblo Wixárika se materializará si es capaz de asegurar la subsistencia de Wirikuta y los sitios sagrados contemplados en la ruta, prohibiendo la actividad minera que es incompatible con la conservación del territorio y no solo analizando y pretendiendo mitigar sus impactos como lo menciona el plan, al respecto cabe señalar que ésta situación fue observada dentro del procedimiento seguido ante UNESCO, donde el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) recomendó prohibir las actividades mineras en las partes componentes y zonas de amortiguamiento, y mitigar los efectos de las actividades mineras extractivas existentes dentro y alrededor de los componentes, zonas de amortiguamiento y entornos más amplios.
De igual forma, resulta necesaria una efectiva regulación de la actividad agro industrial, que cabe señalar, no es mencionada como un riesgo dentro del plan en comento, se menciona la agricultura, pero no se hace referencia a la agroindustria que en campo ha arrasado con la cobertura vegetal de cientos de hectáreas en poblados al interior de Wirikuta y que está acaparando el uso del agua, al grado de poner en riesgo la subsistencia de los pobladores locales.
No es el final de la lucha. Es apenas un nuevo escenario donde la UNESCO ha inscrito a Wirikuta como un “bien en serie” con base en una ruta o línea de peregrinación, lo cual es relevante, pero al mismo tiempo insuficiente si no se comprende la profunda concepción territorial del pueblo wixárika. Esta figura reconoce fragmentos, puntos destacados a lo largo de un trayecto, pero lo que debe afirmarse —y demostrarse— con claridad es que Wirikuta no es una suma de sitios aislados, ni una simple línea entre dos extremos: es un territorio espiritual, cultural y ecológico indivisible. Cada piedra, cada planta, cada colina, cueva o manantial posee un lugar en el entramado sagrado que articula la cosmovisión wixárika. Un manantial como Mazauhata, por ejemplo, no nace por generación espontánea, resurge por una compleja interacción de los componentes físico que dan lugar al balance hidrológico: se infiltra en un territorio, fluye por la porosidad efectiva de las rocas -que en su momento coincidieron con peces y aguas oceánicas-, hasta llegar a una potente plataforma de roca volcánica impermeable que da lugar a los manantiales que nacen desde San Juan de Matanzas, a la mitad de la Sierra de Catorce, hasta San Juan de Vanegas, en el extremo norte del macizo montañoso.
En los cinco puntos que sostienen la vida, sigue resonando con un eco profundo que Wirikuta no se vende, se ama y se defiende con la frescura del agua sagrada de la montaña. Tamatsima Wahaa, el agua sagrada que nace en la montaña de colores, refrescado la mirada que abraza la totalidad del territorio y su historia, que brilla en el túnel silencioso y aturdidor que une al sol con el fuego y funde en sus grietas las sales marinas del océano en el altiplano potosino.
Wirikuta, no es una ruta con punto, es un territorio indivisible donde no hay lugar para mineras, agroindustrias o eólicas. Hay lugar para el rezo, el ayuno, la cultura y la vida campesina e indígena.
Fotografías: sincronia wirikuta


