La reciente reforma al Código Penal de Puebla para castigar delitos como el «ciberasedio» y el «espionaje digital» podría convertirse en un arma para reprimir la crítica y perseguir la disidencia en redes sociales, advierten organizaciones defensoras de derechos humanos y libertad de expresión.

Impulsada por el gobernador Alejandro Armenta y avalada por la mayoría de Morena en el Congreso local, la modificación legal establece penas de hasta tres años de prisión para quienes “ofendan o injurien” a otros a través de medios digitales. La redacción, sin embargo, ha sido calificada como ambigua, inconstitucional y peligrosa por diversos expertos.

El delito de ciberasedio está redactado de forma tan vaga que puede criminalizar cualquier expresión crítica, incluso la sátira política o una simple opinión incómoda”, señaló Vladimir Chorny, abogado de la organización Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).

La reforma, publicada en el Periódico Oficial el pasado 13 de junio y en vigor desde el día siguiente, también tipifica los delitos de espionaje digital y usurpación de identidad, con sanciones que van de uno a ocho años de cárcel y multas de hasta 226 mil pesos. Pero no contempla salvaguardas claras ni criterios técnicos, lo que abre la puerta a un uso discrecional y punitivo por parte del Estado.

Delitos mal definidos

El artículo 480 del nuevo Código establece como ciberasedio cualquier acto que “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona” por medios electrónicos y que cause un daño físico o emocional. Para Grecia Macías, maestra en Derecho, Ciencia y Tecnología por Stanford, el estándar es tan subjetivo que basta con que alguien “se sienta ofendido” para iniciar un proceso penal.

“El riesgo es que se genere un efecto silenciador. La gente pensará dos veces antes de publicar algo por miedo a represalias legales”, advirtió.

La ambigüedad se extiende al delito de usurpación de identidad, que podría usarse contra cuentas paródicas o de crítica política que simulan perfiles de funcionarios públicos. La sanción se agrava si se utiliza tecnología o redes sociales.

Por su parte, el espionaje digital sanciona el acceso no autorizado a equipos electrónicos. De acuerdo con los expertos, su redacción permitiría incluso acusar a una pareja por revisar el celular del otro sin consentimiento.

Golpe al derecho a expresarse

El director regional de Artículo 19, Leopoldo Maldonado, recordó que hace más de una década se eliminaron en Puebla los delitos de difamación e injuria por ir contra los estándares internacionales de libertad de expresión. “Es preocupante que ahora se intente regresar por la puerta de atrás a castigar la palabra, disfrazado de protección digital”, dijo.

La Red Puebla de Periodistas y Artículo 19 ya habían alertado que los cambios violan principios como la taxatividad penal, que exige que las leyes sean claras y específicas. Además, denunciaron que la reforma fue elaborada sin consultar a expertos técnicos ni a organizaciones civiles.

“El gobernador Armenta quiere discutir la ley después de haberla aprobado. Eso no es diálogo, es simulación”, criticó Chorny. El mandatario convocó a un foro para analizar la norma, pero sin precisar qué artículos estarían sujetos a revisión.

Más castigo, poca protección

Para las organizaciones consultadas, la reforma no ofrece una verdadera protección frente a los riesgos del entorno digital, como la violencia de género en línea o el robo de datos personales, y opta por la vía penal cuando muchas de las conductas deberían atenderse por la vía civil o administrativa.

“Esta ley no protege, amenaza. Y como está redactada, convierte al Estado en juez de lo que se puede o no decir en internet”, concluyó Maldonado.

La entrada en vigor de esta reforma en Puebla revive el debate sobre el uso del derecho penal para controlar la conversación pública, justo cuando México atraviesa una etapa crítica para el periodismo y la libertad de expresión.


*Con información de Animal Político