A más de tres décadas del magnicidio de Colosio, uno de los episodios más traumáticos de la vida política nacional, el expediente de Mario Aburto Martínez, señalado como autor material y único sentenciado por el crimen, regresó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), instancia que podría resolver su liberación anticipada.
Este miércoles, por mayoría de seis votos, el pleno del máximo tribunal decidió ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo directo 104/2021, relacionado con la posible reducción de la condena impuesta a Aburto, de 45 a 30 años de prisión. El sentenciado, hoy de 45 años, ha cumplido 30 años y 10 meses tras las rejas y permanece recluido en el Cefereso Número 12, en Ocampo, Guanajuato.
La discusión en la Corte no gira en torno a la autoría del homicidio, sino al procedimiento judicial que derivó en la condena. Entre los señalamientos que se revisarán figuran violaciones al debido proceso, alegatos de tortura, deficiencias en la defensa técnica y la aplicación indebida de leyes federales en un delito del fuero común.
El siguiente paso será turnar el expediente a una de las nuevas ministras o ministros, quien deberá revisar íntegramente el proceso y elaborar un proyecto de sentencia que ponga punto final a un caso que ha marcado a generaciones.
Mario Aburto fue declarado responsable de portación de arma de fuego y homicidio calificado, delitos cometidos en agravio del entonces candidato presidencial del PRI, asesinado el 23 de marzo de 1994 durante un mitin en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana. La sentencia original fue de 45 años de prisión.
Años después, su defensa promovió el amparo directo 104/2021, que fue resuelto en octubre de 2023 por un tribunal federal. Dicho órgano determinó anular la condena de 45 años y ordenó aplicar la pena prevista en el Código Penal de Baja California, que establecía un máximo de 30 años por homicidio.
El tribunal concedió el amparo al considerar que, desde 2010, existe una jurisprudencia obligatoria que señala que cuando jueces federales conocen delitos del fuero común, aun vinculados a ilícitos federales, deben aplicar las leyes penales locales y no las federales.
Tras ese fallo, la Fiscalía General de la República (FGR) impugnó la resolución y solicitó a la Corte atraer el caso. La entonces Primera Sala ordenó reponer el procedimiento para que la familia del excandidato fuera escuchada, decisión que mantuvo a Aburto en prisión.
De haberse confirmado la reducción de la pena en ese momento, el sentenciado habría quedado en libertad el 23 de marzo de 2024, al cumplirse 30 años del asesinato.
Poco más de un año después, el expediente volvió a la SCJN tras dos solicitudes de atracción, la 929/2025 y 947/2025, promovidas tanto por la FGR como por magistrados del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, para que se resuelva de manera definitiva si la condena debe reducirse o no.
La votación fue favorable con seis sufragios de los ministros y ministras Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Corte; Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo y Arístides Guerrero Rodrigo García.
Previo a la discusión, el pleno declaró impedida a la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, debido a su vínculo previo con la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos de la FGR, que participó en la investigación del magnicidio.
La eventual liberación de Mario Aburto tendría un impacto político y simbólico profundo. No sólo implicaría una revisión judicial de un proceso histórico, sino que reabriría el debate público sobre las dudas que persisten en torno a la investigación y los verdaderos alcances del crimen que sacudió al país en 1994.
Se prevé que en un plazo no mayor a seis meses, la nueva Suprema Corte discuta y resuelva el asunto. Hasta entonces, uno de los casos más sensibles de la historia reciente de México volverá a mantener en vilo a la opinión pública.