La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina a definir un giro relevante en las reglas de investigación penal en México. Este lunes, el máximo tribunal podría autorizar a la Fiscalía General de la República (FGR) y a las fiscalías estatales a asegurar bienes sin control previo de un juez, una decisión que modificaría un criterio vigente diseñado para evitar abusos durante las indagatorias.

De aprobarse el nuevo criterio, el Ministerio Público podría retener cuentas bancarias, inmuebles y otros activos vinculados a un delito sin necesidad de autorización judicial, bajo el argumento de que se trata de una medida precautoria y temporal, cuyos efectos podrían revertirse si no se acredita su relación con una conducta ilícita.

Hasta ahora, el control judicial ha sido la regla en los actos de investigación que afectan derechos constitucionales. De hecho, la única autoridad facultada para bloquear cuentas sin orden judicial es actualmente la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), pese a que se trata de un órgano administrativo sin atribuciones constitucionales para la persecución de delitos.

En 2018, la anterior integración de la Corte invalidó un artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que permitía a las fiscalías asegurar cuentas y activos financieros sin aval judicial. En aquella resolución, el tribunal sostuvo que “la intervención de los jueces de control es la regla”, postura que frenó un interés central del entonces gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

El nuevo debate surge a partir de un proyecto de la ministra María Estela Ríos, ex consejera jurídica de AMLO, quien plantea que el aseguramiento de bienes es una técnica de investigación que no requiere control judicial previo, al no tratarse, según su argumento, de una afectación definitiva.

“El aseguramiento de bienes (…) no requiere control judicial previo por parte del juez y, por tanto, puede decretarse por el Ministerio Público, con auxilio de la policía, durante el curso de una investigación penal”, subraya la propuesta enlistada para discusión.

El planteamiento sostiene que los bienes pueden ser devueltos si no se demuestra su vínculo con un delito, por lo que no se vulnerarían de manera permanente los derechos de los investigados.

La eventual resolución beneficiaría no sólo a la FGR, sino también a todas las fiscalías estatales, varias de las cuales han sido señaladas por actuar bajo la influencia de los gobernadores, pese a que la ley establece su autonomía constitucional.

Al tratarse de una contradicción de criterios, bastará el voto de cinco de los nueve ministros para que se establezca jurisprudencia obligatoria, lo que marcaría un precedente de alcance nacional.

No obstante, el tema divide al pleno. La ministra Yasmín Esquivel, quien integró la Corte antes de la reforma judicial y fue electa para el nuevo órgano, ha defendido la postura opuesta: que todo aseguramiento que afecte derechos constitucionales requiere orden judicial.

Incluso, Esquivel tiene en curso un proyecto relacionado con el aseguramiento de un inmueble en Santa Fe por parte de la FGR, en el que argumenta que el artículo 252 del CNPP es claro al establecer que los actos de investigación que impactan derechos fundamentales deben contar con autorización judicial.

La decisión que adopte la Corte no sólo redefinirá el alcance del poder de las fiscalías, sino que reavivará el debate sobre el equilibrio entre eficacia en la persecución del delito y la protección de derechos constitucionales. Para sus críticos, permitir aseguramientos sin juez abre la puerta a excesos; para sus defensores, es una herramienta clave contra la delincuencia organizada.

El fallo, de aprobarse, marcará un antes y un después en la práctica de las investigaciones penales en México.