Desde el pasado 22 de junio, los repartidores y conductores de plataformas digitales en México tienen asegurada la protección contra accidentes laborales, sin importar si ganan menos de un salario mínimo mensual. Así lo confirmó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), al entrar en vigor la reforma que regula el trabajo en plataformas digitales.

El nuevo marco legal establece que las empresas como Uber, Didi, Rappi o similares están obligadas por ley a garantizar el aseguramiento contra riesgos de trabajo de las personas que se conectan para prestar sus servicios, ya sea para entregas o traslados. No es una opción, es una obligación legal.

Si estás conectado y prestando un servicio, la plataforma debe cubrir tu atención médica en caso de accidente. Tienes derecho a hospitalización, medicinas, incapacidades pagadas e incluso pensión por invalidez si se requiere”, detalla la STPS en su sitio web.

Uno de los aspectos más relevantes de la reforma es que esta protección se activa desde el primer día de trabajo, incluso si el repartidor aún no ha alcanzado un ingreso equivalente al salario mínimo. En otros modelos laborales, la protección social se condiciona a cierto nivel de ingresos; aquí no.

Además del seguro por accidentes, quienes ganen al menos un salario mínimo mensual podrán cotizar ante el IMSS. El descuento será de 2.5% del ingreso mensual, es decir, 250 pesos por cada 10 mil pesos de ingresos. A cambio, accederán a seguridad social completa, aguinaldo, vacaciones, pensión y derecho a sindicalización.

Actualmente, la STPS y el Instituto Mexicano del Seguro Social llevan a cabo un programa piloto para formalizar el registro de trabajadores de plataformas.

Con esta reforma, el Estado mexicano reconoce una de las principales demandas de quienes trabajan en la economía digital: contar con seguridad social en un entorno de empleo cada vez más precarizado y flexible. Falta ahora observar cómo se implementará en la práctica y si las plataformas cumplen o buscan evadir sus nuevas obligaciones.